Visión 2025 de Lloyd’s

El Primer Ministro David Cameron y el Presidente de Lloyd’s, John Nelson: Lloyd’s llegará a ser el centro internacional para el seguro y reaseguro especializado para 2025

Asegurarse de que Lloyd’s llegue a ser el mayor centro internacional para el seguro y reaseguro especializado, es el objetivo principal de una nueva y ambiciosa estrategia para el histórico mercado de seguros, que ha sido anunciada en el día de hoy.

Con el nombre de Visión 2025, esta estrategia se ha hecho pública en la famosa Sala de Suscripción del edificio de Lloyd’s, en un evento especial al que ha asistido el Primer Ministro David Cameron.

Visión 2025 establece planes audaces para hacer crecer el negocio de Lloyd’s, especialmente en los mercados de más rápido crecimiento y para, verdaderamente, internacionalizar la comunidad suscriptora de Lloyd’s.

El Presidente de Lloyd’s John Nelson explicó: “Nuestra Visión 2025 es una rareza en estos tiempos de desafíos económicos. Es una estrategia de crecimiento.

“Lloyd’s es un negocio internacional rentable, pero queremos asegurarnos de que llegamos a ser el auténtico centro internacional para el seguro y reaseguro especializado”

“La ejecución de Visión 2025 será un verdadero desafío para el mercado de Lloyd’s. Sin embargo, los beneficios podrían ser muy importantes, no sólo para Lloyd’s, sino también para la City de Londres y la economía británica”.

El Primer Ministro David Cameron afirmó: “Celebro el empuje y la ambición con la que Lloyd’s está persiguiendo sus planes para estar donde quiere estar en 2025. Se trata de un gran ejemplo del enfoque audaz y dinámico que necesitamos, ya que trabajamos para promover un crecimiento económico sostenible en todo el país.”

Visión 2025 de Lloyd’s es el resultado de una consulta con el mercado suscriptor de Lloyd’s y sus clientes, los corredores. Los puntos a destacar son:

-  Que Lloyd’s llegue a ser el centro internacional para el seguro y reaseguro especializado

El crecimiento de las primas de Lloyd’s procedente de sus mercados ya establecidos estará, como mínimo, en línea con el crecimiento del PIB de esos mercados; aunque el mayor crecimiento se logrará en los mercados de crecimiento más rápido.

La base de capital del mercado de Lloyd’s estará más diversificada, con una mayor contribución de los países a la cabeza del crecimiento

La comunidad suscriptora de Lloyd’s se internacionalizará auténticamente con un número importante de ciudadanos extranjeros en el mercado

-  Lloyd’s será un mercado de corredores, maximizando el uso de las redes internacionales de los corredores

-  Lloyd’s tendrá un pequeño número de centros clave fuera de Reino Unido  en ciertos grandes mercados extranjeros

Todo ello dará como resultado que la City de Londres llegue a ser el mayor centro internacional del seguro y reaseguro especializado.

El CEO de Lloyd’s Richard Ward, comentó: “La fortaleza de Lloyd’s no sólo procede de la historia y la experiencia, sino también de la constante innovación y de la adaptación.”

“Esta visión establece un ambicioso plan para que el mercado de Lloyd’s crezca, se internacionalice y diversifique. El nivel de interés entre los aseguradores extranjeros de calidad en venir a Lloyd’s es alto, pero gestionaremos la entrada de esos nuevos proveedores cuidadosamente. Esta es un estrategia de progreso constante, no una revolución rápida.”

A cerca de Lloyd’s

Lloyd’s es el mercado internacional de seguros especializados y ocupa el quinto puesto en términos de ingresos por primas de reaseguros internacionales y es el mayor asegurador de surplus lines en EE.UU. En 2012, 88 sindicatos suscriben seguros en Lloyd’s, cubriendo todas las clases de negocio en más de 200 países y territorios a nivel internacional. Lloyd’s está regulado por la Financial Services Authority.

La responsabilidad transfronteriza tras el reglamento Roma II

LUGAR DE CELEBRACIÓN: Facultad de Derecho de la Universidad Complutense (Salón de Grados)
Ciudad Universitaria, 28040. Madrid.

FECHA: 30 de mayo de 2012

OBJETIVOS: La entrada en vigor del Reglamento 864/2007, relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales (Roma II), plantea interesantes retos debido al establecimiento de nuevos y unificados criterios de determinación de la ley rectora de los ilícitos civiles extracontractuales que son cubiertos por los contratos de seguro. El juego de la autonomía de la voluntad como conexión principal constituye una importantísima novedad; si bien no deja de plantear ciertas dudas en cuanto a su alcance. La responsabilidad empresarial se vincula con distintos ámbitos que cuentan con normas de conflicto específicas (daños causados por productos, actos de competencia desleal y que restrinjan la libre competencia, infracciones de los derechos de propiedad intelectual). La configuración de los accidentes de circulación transfronterizos como hechos generadores de una amplia gama de responsabilidades plantea problemas de delimitación entre los regímenes de determinación del forum y del ius en el contexto de cada una de ellas. Y la vinculación de las nuevas normas sobre ley aplicable contenidas en el Reglamento con las reglas relativas a la competencia judicial y al reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales resulta de gran importancia práctica.

Todas esas circunstancias demuestran oportunidad de un curso de formación intensivo sobre el particular, orientado a las áreas técnicas y jurídicas, e impartido en colaboración entre la SEAIDA y el Departamento de Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado de la Universidad Complutense, con la participación de especialistas procedentes del ámbito universitario y de prestigiosos profesionales del sector. Sus principales (aunque no exclusivos) destinatarios son asesores jurídicos de compañías aseguradoras, abogados, corredores, gerentes de riesgos y demás operadores del mundo de los seguros.

DIRECCIÓN: D. José Carlos Fernández Rozas, Catedrático de Derecho internacional privado y Director Magíster en Derecho de los Negocios Internacionales y del Departamento de Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado de la Universidad Complutense

COORDINACIÓN: D. Víctor Fuentes Camacho, Profesor Titular de Derecho internacional privado y Secretario Académico del Magíster en Derecho de los Negocios Internacionales de la Universidad Complutense

El Colegio de Zaragoza convoca dos concursos para la patrona del seguro

Este año, con motivo de la celebración del día de Ntra. Sra. del Perpetuo Socorro, el Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza ha convocado un concurso fotográfico y otro de relatos breves, abiertos a la participación de los colegiados, sus empleados, familiares, el personal de las compañías colaboradoras y el personal de las compañías que vayan a asistir a las celebraciones del día de la patrona.

El I Concurso Fotográfico del Colegio girará en torno al tema del “RIESGO”. Cada participante podrá enviar un máximo de 2 obras, y tendrán que entregarse en la sede del Colegio (Gran Vía, 11, 1º esc. D) en un sobre cerrado, impresas en un tamaño de 20×25.

Se realizará una exposición con las fotografías finalistas en la sede del Colegio de Mediadores.

También se ha abierto el plazo para participar en el I Concurso de Relatos Breves, en esta ocasión el tema es libre pero todos los textos deberán comenzar con la frase: “y ahí estábamos, como todos los años…”

La extensión máxima de los relatos será de un folio, formato DIN A4, escritos por una sola cara, con un máximo de 40 líneas por folio y con tamaño de letra estándar (12 puntos o similar).

Los originales deberán entregarse por triplicado en un sobre cerrado, o bien por correo o depositarse en persona en la sede del Colegio (Gran Vía, 11, 1º esc. D).

El día 21 de junio se darán a conocer los nombres de los autores ganadores en ambas categorías, que recibirán un trofeo durante la cena de la patrona, el 27 de junio.

Para ambos certámenes se cerrará el plazo de admisión de los trabajos el 10 de junio de 2012.

ARAG renueva su colaboración con el Colegio de Zaragoza y Teruel

El Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza y Teruel ha firmado con la compañía de seguros Asefa el protocolo de colaboración por el que muestran su apoyo al sector de la mediación.

Con esta rúbrica, las entidades impulsarán acciones conjuntas formativas que beneficiarán a los mediadores colegiados, así como fomentarán la colaboración en actividades relacionada con el desarrollo de la profesión de la mediación.

Cómo identificar un accidente laboral

La prevención comprensiva de accidentes laborales es un reto casi imposible de realizar por la manera espontánea y repentina que ocurren estas lesiones. Empresas a nivel mundial son responsables por la salud y protección de sus empleados, obligación que los requiere crear un ambiente que minimice los peligros. Los seguros de salud, junto con las leyes de indemnización de trabajadores, garantizan un apoyo médico en casos de accidentes laborales.

En el entrenamiento de cada empleado se describe la gestión adecuada para reportar accidentes laborales, pero en varias circunstancias, el empleado tiende a no entender los beneficios accesibles para ciertas lesiones. Se debe reportar todos los accidentes o lesiones laborales al departamento de recursos humanos sin importar la severidad del incidente para que ellos puedan orientar al empleado y clarificar los recursos correspondientes.

En casos en donde se necesita ayuda legal, se recomienda consultar con un abogado de accidentes laborales para poder entender los derechos aplicables al incidente, tanto como la recompensa necesaria para cubrir gastos médicos no incluidos en el plan de seguro empresarial.

Antes de ejercer los derechos jurídicos, se debería analizar los requisitos que definen un accidente laboral.

Los siguientes factores se deben considerar:

Lugar de Accidente

Para considerar un accidente de trabajo como tal, es necesario que la lesión ocurra dentro de los parámetros de la compañía. La propiedad se extiende cuando el empleado sufre un accidente automovilístico en el vehículo que le pertenece a la compañía. El carro se considerara “propiedad” de la compañía. En estos casos el tratamiento está cubierto por el plan de seguro médico del empleado.

Dentro de la Jornada Laboral

Una de las claves al analizar las características de un accidente de trabajo es la hora en que sucedió. Si el accidente ocurre durante la jornada laboral, es la responsabilidad de la compañía proteger a su empleado. Desafortunadamente, si un accidente sucede durante la hora de almuerzo por ejemplo, el empleado técnicamente no está realizando una tarea laboral. Al no estar “trabajando”, el accidente no se puede categorizar como accidente laboral y no se puede solicitar recompensa por la lesión sufrida.

Responsabilidad

Un accidente de trabajo se define como una lesión corporal que el empleado sufre, por consecuencia de los labores que ejecuta. Si el empleado se lesiona haciendo una actividad fuera de las responsabilidades de su cargo, no se considera un accidente de trabajo sino simplemente una lesión.  Estas lesiones se pueden curar con el seguro médico de la compañía pero no se pueden defender en casos de indemnización. Las lesiones pueden ir más allá de heridas o golpes al incluir enfermedades  y trastornos psicológicos.

Habilidad de Trabajar

Si un empleado sufre una lesión que impide su habilidad de ejecutar las actividades de su cargo, las leyes de indemnización pueden proteger a la víctima afectada. El empleado tiene la oportunidad de reclamar gastos médicos y salarios perdidos a causa de la lesión debilitante. La incapacidad de realizar las responsabilidades del cargo laboral se puede extender a abusos, estrés extremo y trastornos en varios casos.

Fuente: Sofía Sánchez

Aula FECOR pone en marcha una nueva convocatoria de los Cursos para el GRUPO B y el GRUPO C

Aula Fecor, en colaboración con la Fundación UNED, ha puesto en marcha para las Corredurías de Fecor una nueva convocatoria de los Cursos on-line para Empleados y Auxiliares-Asesores (Grupo B) necesario para esta nueva figura según el recién aprobado Real Decreto 1490/2011, de 24 de octubre y el Curso para Auxiliares-Externos (Grupo C) y para empleados de Corredurías sin funciones comerciales.

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